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La vigilancia masiva sufre otro traspié en Europa. ¿Se darán por enterados los gobiernos latinoamericanos?

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió recientemente que la recolección masiva de información por la inteligencia británica vulnera los derechos humanos. Un triunfo con matices, pero del que queda mucho por aprender en el resto del mundo.

CC:BY (Aubin Paul)

Cinco años después de las revelaciones de Edward Snowden sobre la vigilancia de comunicaciones por parte de agencias estadounidenses (y sus socias de otros países poderosos), se siguen sintiendo los efectos en el mundo. Hace pocas semanas, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) resolvió una de las acciones interpuestas por un conjunto de oenegés y periodistas contra el Reino Unido, por sus actividades de vigilancia reveladas por Snowden. En opinión del Tribunal, el programa de vigilancia británico viola los derechos consagrados en la Convención Europea de Derechos Humanos.

La noticia fue recibida por la sociedad civil con entusiasmo, pero también con cautela. A pesar de que el fallo del TEDH es enfático respecto de las prácticas rechazadas y su marco regulatorio, todavía permite algún nivel de vigilancia, incluso a nivel masivo. Además, las reglas que amparaban esa vigilancia en el Reino Unido han sido objeto de reformas con posterioridad al inicio de la controversia judicial.

¿Qué pasó con la vigilancia en el Reino Unido?

A mediados de 2013, se reveló una serie de programas y acciones de vigilancia de comunicaciones y recolección de información, actividades ejecutadas por agencias de inteligencia y seguridad de los Estados Unidos de América y sus socios de la coalición Cinco Ojos: Australia, Canadá, Nueva Zelanda y el Reino Unido. De entre esos programas, destacaban por su gravedad aquellos ejecutados por el Cuartel General de Comunicaciones del Gobierno (Government Communications Headquarters, GCHQ), amparado en la Ley de Regulación de los Poderes de Investigación de 2000 (Regulation of Investigatory Powers Act 2000, RIPA).

Lo que Snowden reveló fue una serie de prácticas que incluían la recolección masiva de información de comunicaciones privadas a través de internet, sin importar la inexistencia de sospechas ni el carácter indiscriminado de la recolección. Una interceptación masiva de la información que atraviesa cables de fibra óptica de la isla de Gran Bretaña, para su posterior almacenamiento, filtrado y análisis. Sin importar el origen o destino de las comunicaciones, afectando potencialmente a todo el mundo cuyos datos pasaran por el Reino Unido. Una espeluznante materialización digital de un Hermano Grande global, en nombre de la seguridad nacional británica.

El mismo año, múltiples organizaciones civiles entablaron acciones judiciales dentro del Reino Unido cuestionando la legalidad del sistema. Un primer fallo determinó como lícita la interceptación masiva británica y el acceso a la vigilancia estadounidense, y un segundo fallo declaró ilícito el acceso en el Reunion Unido a información recogida por los Estados Unidos. Las organizaciones elevaron el caso hasta el TEDH, acusando violaciones a los derechos a la privacidad y a la libertad de expresión, a un juicio justo, y a un trato sin discriminación, consagrados en el CEDH; violaciones provocadas por la interceptación de tráfico de internet del Reino Unido, y por el acceso a la información interceptada por los EE. UU.

Hace pocos días, el TEDH entregó su respuesta: el programa británico de vigilancia viola los derechos humanos. Más específicamente, dice el TEDH que no había suficientes salvaguardas para prevenir abusos y violaciones de privacidad al interceptar la comunicación a través de los cables (en particular, en las operaciones de elección de objetivos, selección y búsqueda de información); que se violaba la libertad de expresión, al producir un efecto paralizante sobre las usuarias; y que la recolección de metadatos es tan intrusiva como la recolección de datos (reconociendo con esto un aspecto clave de las luchas contra los mandatos de retención de datos de comunicación). También, que el acuerdo de intercambio de información entre el Reino Unido y EE. UU., por ser igual de intrusivo, requiere igual nivel de regulación y supervisión.

Sin embargo, no es un resultado del todo positivo. Para el TEDH, operar un sistema de interceptación masiva no es por sí mismo una violación de la CEDH. Por el contrario, deja a los estados un margen de apreciación para decidir el método de vigilancia para la protección de la seguridad nacional, que de forma peligrosa, puede incluir el monitoreo masivo. Además, el TEDH opinó que el régimen de intercambio de inteligencia no viola por sí mismo el derecho a la privacidad.

La lucha continúa

Las reglas combatidas con parcial éxito en el Reino Unido ya fueron objeto de modificación en 2016, mediante su reemplazo a través de la polémica Investigatory Powers Act, que incorporó en ley expresa algunas de las prácticas que ya se permitían los servicios de inteligencia británicos, expandiendo así los poderes de vigilancia. Este nuevo estatuto de espionaje ya fue declarado ilegal frente al derecho europeo por la Alta Corte británica, debiendo modificarse antes de noviembre de 2018, aun cuando la batalla parece estar recién comenzando.

Las capacidades de vigilancia del gobierno británico, tanto en sus herramientas técnicas como en sus facultades legales, resultarían tentadoras para Estados que buscan expandir su capacidad de vigilancia, especialmente si se sigue la tendencia de mirar a países de Europa como ejemplo de regulación. Es por esto que resulta clave mirar las intensas discusiones y los fallos de altos órganos internacionales sobre la materia. Sistemas avanzados de vigilancia, incluso ejecutados con autoridad legal suficiente, pueden igualmente ser atentatorios de derechos humanos cuando carecen de salvaguardas suficientes sobre los derechos de las personas. Urge atender a ejemplos como el británico para el desarrollo de estándares adecuados para la regulación de la vigilancia en nuestros países, antes de dejar nuestras vidas a merced de funcionarios, y sistemas, poderosos e inescrupolosos.