Luego de su denuncia, en el grupo donde inicialmente se la había comparado con un trozo de comida, apareció una nueva imagen de ella con un ojo morado, bajo el título “cuando el heteropatriarcado te pone en tu lugar”. Ante este hecho, que fue comentado por la columnista feminista Catalina Ruiz Navarro, se generó un debate público alrededor de la función social del humor y el ejercicio del derecho a la libertad de expresión en internet, frente al derecho de las mujeres a vivir libres de violencias.
En la Universidad de Los Andes, por ejemplo, algunas estudiantes se manifestaron pintándose un ojo morado, a lo cual los administradores del grupo (en su mayoría hombres) respondieron armándose de bates y pistolas de papel para reivindicar su derecho al humor y reafirmar el carácter inofensivo de sus acciones. Y todo el debate se trasladó nuevamente a las redes sociales.
Ante este tipo de hechos, socialmente se suele cuestionar la relación –directa o indirecta- entre una agresión en línea y la violencia física contra las mujeres, así como contra grupos LGBTI. Sin embargo, desde hace varios años se han venido documentando y caracterizado patrones de agresión, y a nivel internacional se ha avanzado en el reconocimiento jurídico de dicha violencia, sobre todo a través de mecanismos de protección para niños, niñas y adolescentes.
Las principales víctimas de la violencia en línea son las mujeres con perfiles públicos y que participan en espacios de comunicación (como periodistas, investigadoras, activistas y artistas), junto con aquellas que sostienen una relación de pareja violenta y quienes han sobrevivido a la violencia física o sexual. Esto evidencia que la violencia en línea es una extensión de las formas tradicionales de violencia contra las mujeres y en esa medida debe ser combatida, lo cual supone por lo menos dos problemas: la asignación de responsabilidad a proveedores de servicios de internet y las posibles limitaciones al ejercicio de la libertad de expresión, como resultado de acciones de protección que puedan tender a la censura arbitraria de contenidos.
En Colombia, ante un precario desarrollo legal en la materia, para el reconocimiento de este tipo de violencia es necesario apelar a los delitos de injuria y calumnia, a delitos informáticos o eventualmente a la ley antidiscriminación. Aun así, es difícil garantizar que se adelantará una investigación y que llegará a término, y es aún más difícil garantizar la protección efectiva de la víctima. Este panorama es alarmante si se tiene en cuenta que durante 2015, en el país se denunciaron 16 mil casos de violencia sexual y 1.007 mujeres fueron asesinadas. Y el caso colombiano no se destaca frente a las cifras de feminicidio en otros países de la región y el mundo.
Por eso, en el día por la eliminación de la violencia contra las mujeres #25N es necesario, una vez más, reconocer la importancia de trabajar conjuntamente por construir espacios físicos y virtuales libres de violencias contra las mujeres, las comunidades LGBTI y las disidencias sexuales.