Existen múltiples razones por las cuales las personas crean, publican, producen e innovan. Una de ellas, sin duda, es para realizar una explotación comercial de sus obras, pero no es bajo ninguna circunstancia la única. Pensemos, por ejemplo, en una Universidad que estrena un curso online masivo y abierto o un grupo de estudiantes que cuelga un video en Youtube llamando a asistir a la próxima marcha por la educación. El objetivo de este tipo de creaciones no es el ser explotadas comercialmente, sino que sean conocidas y utilizadas por la mayor cantidad de personas posible.
Las licencias Creative Commons buscan constatar esta realidad, como no todas las obras son creadas por sus autores con las mismas motivaciones y para los mismo fines, no tiene sentido que todas sean protegidas como si fuesen obras de carácter comercial. Muchos artistas, como por ejemplo Malaimagen, buscan que sus obras se difundan lo más posible y renuncian a ciertos derechos exclusivos para que quienes necesiten utilizarlas, bajo ciertas condiciones, no deban contar con su autorización expresa, haciendo más expedita la circulación de conocimiento, cultura y contenido.
Lamentablemente, el Gobierno chileno ha impulsado un proyecto de ley que obstaculizará gravemente la utilización de licencias Creative Commons para obras audiovisuales. El proyecto busca que los directores y guionistas cuenten con un derecho irrenunciable e intransferible de percibir una remuneración por la utilización de este tipo de obras y establece que el cobro de la esta remuneración será realizada de forma obligatoria por una entidad de gestión colectiva.
El proyecto busca legítimamente proteger los intereses de los guionistas y directores, quienes suelen verse perjudicados en las negociaciones que llevan a cabo con los productores, y les permite recibir una remuneración cuando, por ejemplo, una teleserie se vuelve a transmitir años después de su difusión inicial. Sin embargo, como mencionábamos anteriormente, no todas las obras audiovisuales son teleseries; esta ley afectará a todas las obras audiovisuales por igual, sin distinción.
Como el derecho de recibir un pago por la utilización de la obra pasa a ser irrenunciable, eso quiere decir que los directores y guionistas que participen de la producción de obras audiovisuales de carácter cultural, educativo o de rescate patrimonial no podrán renunciar voluntariamente a su derecho. El efecto será que las obras, que por la misma voluntad de sus creadores no tiene carácter comercial, no podrán ser liberadas. Por otro lado, aunque los directores y guionistas decidan voluntariamente no cobrar por su utilización, como el proyecto establece una sociedad de gestión colectiva obligatoria, esta sociedad cobrará por la utilización de la obra, incluso en contra de la voluntad de sus creadores.
En otras palabras, con la legítima intención de favorecer la situación patrimonial de los guionistas y directores que participan en la producción de cierto tipo de obra, se afecta todo el ecosistema de creación cultural. Esto es particularmente grave, ya que es totalmente plausible crear una regulación que por un lado proteja los intereses comerciales de guionistas y directores, y por otro permitir a otro tipo de creaciones poder ser liberadas a través de licencias abiertas.
El día 18 de julio el Gobierno chileno introdujo una indicación al proyecto de ley actualmente en trámite y si bien se mejora la redacción respecto de la labor de las sociedades de gestión colectiva, no modifica sustantivamente lo relativo a la irrenunciabilidad del derecho patrimonial. Por lo tanto, esta iniciativa legal sigue amenazando el licenciamiento abierto de obras audiovisuales, afectando el derecho de la población al acceso a la cultura y el derecho de los creadores de hacer accesibles sus obras al público.
Cada día más artistas deciden utilizar la licencia Creative Commons para publicar sus obras. Es responsabilidad de los gobiernos promover la utilización de este tipo de herramientas y no entorpecerlas. Ante este preocupante panorama, hacemos un llamado a los senadores miembros de la Comisión de Educación del Senado a que introduzcan las modificaciones necesarias que permitan que este proyecto de ley conjugue de forma balanceada todos los intereses en juego y que de esta forma no se afecte innecesariamente la capacidad de los creadores de licenciar sus obras en licencias abiertas.