A principios de año se generó una gran discusión en la opinión pública a propósito de dos proyectos que pretendían modificar la Ley de prensa y que, debido a una técnica legislativa deficiente, posibilitaban la afectación de la libertad de expresión en Internet.
El llamado “proyecto de ley de medios digitales” en realidad correspondía a dos boletines (números 9460-19 y 9461-19), presentados en la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados, que establecía una serie de requisitos y obligaciones para los medios de comunicación en Internet, como los periódicos digitales; pero dado la amplia definición de medio de comunicación en la ley chilena, en la práctica podía ser extensivo a cualquier plataforma web.
Pese a que los promotores del proyecto insistieron en su buena voluntad a la hora de proponer la reforma y negaron los potenciales peligros del intento legislativo (denunciados por distintas organizaciones profesionales y sociales) ambos proyectos fueron retirados de su votación en la Cámara de Diputados, para volver a ser revisados por la Comisión de Ciencia y Tecnología y así mejorar su redacción.
Hace algunos días se dio a conocer el detalle del informe de la Comisión, que esta vez fusiona ambos proyectos e incluye una redacción diferente a la que fue objeto de críticas, estableciendo que:
“Bajo ningún aspecto, las diferentes plataformas digitales se considerarán ‘diario’ de conformidad a esta ley, sin el consentimiento expreso de sus propietarios.”
Esta indicación evita los problemas que ilustramos anteriormente, es decir quien posean una plataforma web deberán expresar su voluntad de ser considerado un medio de comunicación y así tener derecho a los beneficios que propone el proyecto de ley, cumpliendo además con las imposiciones que exige.
Quizás sea necesario recordar que las leyes no se evalúan ni se aplican de acuerdo a lo que uno y otro redactor quiso o pretendió lograr, sino a lo que efectivamente dice la ley.
Lo interesante es que fue solo después de las críticas públicas -que incluyó al Colegio de Periodistas, el Colegio de Ingenieros y NIC Chile, entre otros- que los honorables aceptaron volver a estudiar la confusa redacción de los proyectos propuestos. Anteriormente, Derechos Digitales tuvo la oportunidad de exponer estos reparos directamente a la Comisión de Ciencia y Tecnología, pero el mensaje técnico solo fue recibido luego de la presión social y ciudadana, tanto en línea como a través de medios tradicionales.
Quizás otro aprendizaje es la necesidad de más transparencia y apertura en la toma de decisiones, para evitar consecuencias no previstas por los legisladores al momento de redactar sus proyectos de ley.
De cualquier manera, la modificación es pertinente. No obstante, una reforma más profunda y seria a la Ley de prensa sigue siendo necesaria. Los proyectos de ley propuestos no se hacen cargo sus múltiples falencias, como la definición de ‘medios de comunicación’, la concentración de medios en Chile, las condiciones laborales de quienes ejercen el periodismo -sean o no profesionales del rubro- los requisitos para que opere la reserva de fuentes periodísticas, entre otras más.
Estos proyectos, ni ahora ni con la redacción original, van a resolver las profundas carencias que actualmente tiene la Ley de prensa.
La protección y el fortalecimiento de la libertad de expresión es fundamental para la sociedad, ya que fortalece el debate de ideas propio de la democracia moderna. Internet, como herramienta, ha fortalecido este derecho. Por ello es importante que la regulación que se proponga no constituya un obstáculo para el ejercicio de esta garantía fundamental, cualquiera sea la razón que el legislador de turno esgrima, y aun cuando se trate de consecuencias inesperadas.