Hablar de derechos en Internet también significa darle espacio a una perspectiva de género. Casos recientes tanto en Chile como en otros países nos hacen preguntar si derechos como la libertad de expresión y la privacidad tienen un efecto diferenciado desde el género de los sujetos.
Por Danae Tapia*.
La foto de una mujer posando en el incendio de Valparaíso fue comentada ampliamente en las redes sociales. Sorna y clasismo emergían de múltiples opiniones que la criticaban por inoportuna y, principalmente, por pobre. Su imagen, diseminada en la red sin su consentimiento, fue intervenida en una serie de memes e incluso en poleras que se venden a diez mil pesos.
No es la primera vez que en Chile se viraliza la imagen de una mujer para el goce de la audiencia virtual. Hace algún tiempo, un video de dos estudiantes de la Universidad Adolfo Ibáñez que tenían relaciones sexuales en un paseo, fueron rápidamente compartidas por WhatsApp. Las críticas a la mujer que protagonizaba el material no tardaron, su Facebook y datos personales fueron filtrados y tuvo que rendirse al acoso digital. De su compañero varón, se supo mucho menos.
Pero quizás el caso más recordado es el de la adolescente del video “Wena Naty”, cuya imagen en acciones de significación sexual con un compañero de colegio fue ampliamente difundida en el año 2007. Curiosamente, el hecho fue abordado por la prensa y “analistas digitales” como “el primer viral chileno”, una simple anécdota. Este caso tampoco es considerado entre el público general como de violencia contra la mujer, a pesar de que implica un claro acoso digital y, además, una publicación con contenido sexual donde intervienen menores de edad.
Los ataques de género en Internet no se agotan con la violencia a las mujeres. El acoso homofóbico también está presente en muchas de las interacciones diarias en la red. Lo anterior, solo hace reforzar la necesidad de una reflexión más profunda sobre cómo los derechos son un campo de batalla y cómo pueden ser abordados desde categorías mucho más significativas como género y clase social. ¿Es el acoso en Internet una excepción al derecho fundamental de libertad de expresión y en qué medida? ¿Afecta la violación al derecho de privacidad de igual forma a las mujeres o comunidad LGBT1 que al género masculino?
Esta reflexión es parte de una tendencia internacional. Por ejemplo, nos encontramos con el caso del “Blog chicas bondi” en Argentina, donde el acoso callejero de mujeres fue discutido tanto desde la libertad de expresión como desde el derecho a la privacidad. Por otro lado, la agrupación APC2 (de la que nuestra organización es miembro) ha levantado la bandera de la violencia de género en Internet, haciendo campañas públicas como “Take Back The Tech”. La ONU también ha comprendido la gravedad del asunto a través de “Women should”.
Asimismo, aceleradamente nos acercamos a prácticas como el “revenge porn”, el “cyberstalking”, el chantaje con material comprometedor o el ya extendido machismo en una serie de redes sociales con incluso “líderes de opinión” dedicados a dirimir sobre el aspecto físico de las mujeres, cuestionar la pertinencia de la igualdad de derechos y el ataque desinformado al feminismo.
En Derechos Digitales creemos que hoy enfrentamos varios desafíos en esta área, que parten por reconocer que muchos casos de violencia en entornos digitales son lisa y llanamente violencia de género. Desde una perspectiva de derechos fundamentales, estos casos implican afectar la privacidad de varios grupos sociales marginados sin que exista ningún atisbo de interés público, de hecho, todo lo contrario. En ese contexto, es más necesario que nunca entender a Internet como un espacio político que no es ajeno a la ideología y, por tanto, los esfuerzos de la sociedad deben dirigirse a contribuir a una red igualitaria y feminista.
*Artículo con colaboración de Paz Peña.