Para nadie ya es un misterio que el gobierno de Estados Unidos está empleando una nueva estrategia para elevar globalmente los estándares de protección de la propiedad intelectual, incorporando los abusivos términos de la Digital Millenium Copyright Act (DMCA) a los acuerdos de libre comercio que negocia con distintos países del mundo.
Esta estrategia obedece a la imposibilidad de imponer este tipo de medidas en los tratados internacionales de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, debido fundamentalmente a la falta de consenso entre los estados miembros.
En este momento, y no obstante estar detenidas las negociaciones, en el texto borrador del Acuerdo de Libre Comercio de las América (ALCA) que negocia con 33 países de la región, las normas propuestas sobre propiedad intelectual son incluso más abusivas y restrictivas que la propia ley norteamericana.
En efecto, en el capítulo sobre Propiedad Intelectual se establece una disposición que exige a los países prohibir la violación de las medidas tecnológicas de la protección, prohibiendo además la fabricación, distribución y desarrollo de ciertas herramientas y tecnologías que sean sirvan para violar la prohibición. Lamentablemente, y a diferencia de la DMCA que contiene algunas excepciones y/o limitaciones a estas prohibiciones, el ALCA no las contiene.
Consecuentemente, las legislaciones nacionales sobre propiedad intelectual de los países que suscriban el ALCA deberán ser modificadas en el sentido exigido por Estados Unidos, volviendo estas leyes más severas y restrictivas que en dicho país.
Esto provocará que los titulares de derechos de propiedad intelectual de Estados Unidos sean privilegiados por sobre los intereses nacionales y soberanos de los países miembros de ALCA, quienes hipotecarán su desarrollo tecnológico, manteniendo su posición de meros consumidores de tecnologías.
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