Carolina Botero Cabrera, Abogada, Profesora e Investigadora de la Facultad de Derecho del Politécnico Grancolombiano y Co-Líder de Creative Commons Colombia, escribe en Terra Magazine acerca de los cambios en las legislaciones del derecho de autor y el rol que juega hoy Europa en la materia.
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El pasado 16 de julio la Comisión de la Unión Europea aprobó una propuesta para la extensión del término de derecho de autor en los fonogramas que pasará de 50 a 95 años.
Todo indica que esta aprobación es el resultado de un importante y creciente lobby que la industria del entretenimiento ha desplegado en Europa después de que varios documentos hubieran aconsejado no incrementar ese plazo. En 2004 el documento de trabajo sobre el marco de derechos de autor realizado por el equipo de la Comisión de la Unión Europea(1) decía: “se teme que un término de protección extendido solo tenderá a disminuir la posibilidad de elección de música en el mercado a través de forzar el flujo de ingresos de unas cuantas grabaciones “best seller”, mientras que al mismo tiempo no provee ningún verdadero incentivo para la creación de nuevas grabaciones o motivaciones para nuevas inversiones.”. Estos resultados fueron avalados en dos estudios del 2006: uno del Centro para la Propiedad Intelectual y el Derecho de la Información de la Universidad de Cambridge, que se realizó como parte del Reporte Gower de Propiedad Intelectual en Inglaterra, otro que encargara la propia Comisión como parte de un estudio más amplio al Instituto de Derecho de la Información de Ámsterdam.
Un mes antes de la aprobación de la Comisión, un grupo de 50 profesores de Universidades Europeas, presentó a la Comisión el texto “La propuesta de extensión del término de derecho de autor para las grabaciones musicales. Una declaración académica conjunta de la evidencia”, conocido con el nombre de Declaración de la Universidad de Bournemouth, que desmonta uno a uno los argumentos que para entonces analizaba la Comisión.
El comisionado promotor, Charlie Mc Creevy, explicaba su posición afirmando “estoy comprometido a concentrar todos los esfuerzos que sean necesarios para garantizar que los intérpretes tengan un ingreso decente y que en los años venideros habrá una industria musical europea”. Efectivamente la reforma apoya un sistema de bienestar para el intérprete, sin embargo, para muchos esa defensa a ultranza de uno de los intereses implica el rompimiento del pacto entre artista y sociedad, que es el que justifica el monopolio de la explotación económica en manos del primero a cambio de que vencido el plazo la producción retorne a la segunda, agrietando aún más el sistema de equilibrios del derecho de autor que garantiza entre otros derechos el de la competencia. Con esta decisión Europa sigue el camino marcado por EEUU en 1998 cuando se aprobó la Ley Mickey Mouse (Sony Bono Act) que también adoptó este plazo para las obras protegidas.
Los Estados miembros de la Unión Europea enfrentarán pronto la obligación de trasladar la directiva aprobando la extensión. Si bien la Oficina de la Propiedad Intelectual de Inglaterra ya anunció que estudiará tanto el impacto como las justificaciones de esta decisión, y aunque se han iniciado campañas para sensibilizar sobre la situación, la visión pesimista indica que puede ser sólo cuestión de tiempo para las adopciones locales. El proceso de adopción del Derecho al Préstamo Público, mostró como a pesar de las reticencias de países como España e Italia el esquema fue adoptado a través de la imposición de multas por el no cumplimiento a decisiones comunitarias, una vez es directiva comunitaria necesitará mucha fuerza para que se dé reversa.
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Artículo publicado en Terra Magazine bajo Licencia Creative Commons Colombia.