Durante este fin de semana ha tenido lugar una acción sin precedentes en nuestro historial tecnológico: información personal de millones de chilenos -tal como sus cédulas de identidad, resultados de pruebas de ingreso a la universidad, entre otras- ha permanecido accesible en internet. Alberto Cerda, Director de Estudios de ONG Derechos Digitales se refiere al tema en nuestra columna en revista Mouse.
Durante este fin de semana ha tenido lugar una acción sin precedentes en nuestro historial tecnológico: información personal de millones de chilenos -tal como sus cédulas de identidad, resultados de pruebas de ingreso a la universidad, entre otras- ha permanecido accesible en internet.
¿Cómo ha podido alguien acceder a tal cantidad de información? ¿Cómo es que alguien se permite vulnerar la vida privada de los chilenos de esta forma? Son algunas de las preguntas que rondan en la conversación de pasillo y en los noticieros nacionales.
Más allá de la mediana displicencia de algunos y la franca ignorancia de otros, el tema debería ser esencial en la política pública de nuestro país, especialmente de cara a los desafíos de la sociedad de la información. ¿Es que acaso vamos a permitir que las tecnologías penetren de tal forma en nuestras vidas, vulnerando cualquier atisbo de privacidad? ¿No existe acaso una legislación que nos ampare?
Aun cuando resulte paradojal, es probable que nuestra legislación actualmente vigente esté muy lejos de impedir el tratamiento indebido de datos como aquél del que estamos siendo víctimas en estos días -o cuando menos hace caso omiso de la importancia del tema. Nuestra privacidad no se encuentra eficientemente garantizada y nos resta bastante por avanzar en la materia.
En efecto, nuestra legislación sobre delitos informáticos data de comienzos de los años ’90, cuando aún internet no arribaba a nuestros hogares y era una extraña experiencia en algunos centros académicos, resultado de lo cual se muestra ineficiente para perseguir a cualquier “señor hacker”.
Ni nuestras disposiciones penales, ni nuestros procedimientos judiciales brindan eficaces herramientas para la adecuada persecución de este tipo de ilícitos. Ni hablar de cuando estos delitos tienen lugar de un país a otro; la falta de armonización entre la distintas legislaciones nacionales terminan por brindar la más completa impunidad.
La vida privada
La legislación sobre protección de la vida privada, que reglamenta precisamente el tratamiento de la información personal, no brinda un nivel de protección adecuado, ni garantiza apropiadamente los derechos de las personas. La falta de un organismo público garante y la ausencia de mecanismos que alienten al cumplimiento de la ley hacen de esta una norma que “se acata, pero no se cumple”.
¿Cómo lograr armonizar apropiadamente una eficaz protección de la vida privada con la necesidad de información del Estado u entidades privadas, a fin de permitir el cumplimiento de sus fines propios? Este no es un tema nuevo, pero en Chile es de aquellos que se ha reglamentado hipotecando la protección de las personas y haciendo de nuestro país un paria en la comunidad internacional.
Resolver adecuadamente el asunto de las prácticas de tratamiento indebido de datos personales demanda disponer de una legislación moderna, tanto en materia de delitos informáticos como de protección de la vida privada, temas aun pendientes, y continuamente pospuestos, en la agenda legislativa.
Por supuesto, no faltará quien quiera capitalizar el transitorio descontento ciudadano, presentando proyectos de ley que empeoran un panorama ya desalentador.
Probablemente no contemos con una solución satisfactoria hoy, ni mañana. Sin embargo, es la ocasión propicia para hacer una reflexión seria sobre la protección de la información personal en Chile, y para nuestras autoridades es la oportunidad de mostrar su real compromiso con los derechos fundamentales de las personas. Si contamos con algo de suerte, podemos evitar que la historia vuelva a repetirse.