La adopción por países menos desarrollados de estándares de protección similares a los existentes en países desarrollados comprometería el progreso de aquellos países y de su población, así como el acceso a medicinas, a la cultura, y la concreción de los derechos fundamentales.
Desde mediados de los años 90, el acuerdo sobre propiedad intelectual de la Organzación Mundial de Comercio requiere a todos los países adoptar una fuerte protección a la propiedad intelectual, incluyendo patentes sobre farmacéuticos, y derechos de autor en software y bienes digitales. Sin embargo, el acuerdo establece a favor de los países menos desarrollados un plazo para modificar sus leyes y cumplir con las obligaciones en cuestión. Ese plazo está ya próximo a vencer, lo cual obligará a estos países a adoptar niveles de protección similares a los previstos en países desarrollados.
La inminente implementación de normas internacionales de propiedad intelectual en países menos desarrollados puede generar efectos catastróficos en dichos países. Las patentes farmacéuticas encarecen el acceso a medicamentos, sacrificando el acceso a la salud en países más pobres. Los elevados estándares de protección a los derechos de autor entorpecen el acceso a la cultura y con ello el potencial desarrollo de dichos países. Adicionalmente, el acuerdo exige la implementación de medidas de protección a nivel institucional que comprometen el menguado erario público para satisfacer intereses esencialmente privados.
Para prevenir esta situación, los países menos desarrollados deberían solicitar una extensión en sus períodos de transición normativa. A estos efectos, diversas organizaciones no gubernamentales, incluida ONG Derechos Digitales, han preparado una carta conjunta y una propuesta de texto, la cual han dirigido a los gobiernos de dichos países, instándoles a solicitar una ampliación del plazo de implementación plena del mencionado acuerdo sobre propiedad intelectual.
El texto de la carta en inglés está disponible aquí.