A partir del bloqueo de sitios web dispuesto por autoridades estadounidenses en relación con empresas vínculadas a la isla, Alberto Cerda reflexiona sobre cuestiones jurídicas asociadas al tema, en columna publicada por Terra Magazine.
Más de 500 empresas cubanas o internacionales con vinculaciones con tal país han sido afectadas por bloqueos de más de 3 mil sitios web “.com”, en el marco de la aplicación de las leyes norteamericanas de embargo a Cuba. Entre las páginas bloqueadas se incluyen empresas de Brasil, Canadá, España, Francia, Italia, Japón, México y Panamá.
Independientemente de la mayor o menor eficacia que una medida como la mencionada pueda implicar, ella pone de manifiesto ciertos problemas aún sin resolver, o sólo resueltos a medias, en relación con Internet y su funcionamiento, tales como la posibilidad de adoptar medidas disciplinarias en un país respecto del funcionamiento de un fenómeno global como Internet y, de otro lado, cómo afecta una medida como la señalada nuestras libertades ciudadanas. Veamos brevemente ambos puntos.
Lo primero que salta a la vista es que la medida propuesta habría sido adoptada por autoridades de Estados Unidos, conforme las normas de tal país; no obstante ello, la medida se aplica respecto de empresas alojadas bajo el “.com” independientemente de su país de origen. Pasando por alto que al momento de adquirir el respectivo nombre de dominio las empresas afectadas hayan aceptado someterse a las leyes y autoridades estadounidenses, cabe preguntarse si ello faculta legítimamente a Estados Unidos para adoptar una medida similar.
Este caso pone en evidencia los problemas de la regulación de un fenómeno trasfronterizo como Internet: con leyes de carácter local se pretende imponer globalmente un determinado criterio de justicia, en este caso el estadounidense. En tanto no se disponga de una legislación uniforme para el funcionamiento de la Red, se corre el riesgo de que finalmente impere la ley de quien dispone de medios para hacerse valer, la ley del más fuerte –salvo cláusula contractual, aun cuando ésta a veces no sea sino la expresión formal de la mencionada ley del más fuerte–.
Pero, al mismo tiempo es importante considerar el alcance de la medida. Usualmente se alega que Internet es independiente de un gobierno determinado, lo cual brinda a ella una enorme ventaja respecto de otros medios de comunicación. En especial se sostiene que la estructura técnica que gobierna Internet no depende de ningún gobierno. ¿Qué similitud guarda este bloqueo con aquél que implementa el gobierno chino respecto de sitios web adversos a su política? ¿Cuál es el alcance de una medida de bloqueo como la adoptada por Estados Unidos? ¿El bloqueo de páginas web sólo se extiende a las visitas que tienen lugar desde territorio americano o a todo el planeta?
Cualquiera fuesen las respuestas a las preguntas anteriores, el bloqueo pone en entredicho la presunta independencia de Internet respecto de gobierno determinado y, de paso, pone a quien implementa tal medida en el justo lugar que corresponde a quien implementa prácticas totalitarias que ponen censura a la libertad de expresión y la libertad de prensa. Y esto nos lleva precisamente al segundo punto, cómo resiente esta medida nuestras libertades.
El tradicional bloqueo analógico afecta el abastecimiento de Cuba y sus habitantes, al tiempo que merma la posibilidad de emprender negocios en y con la isla. Este bloqueo va en la misma línea, pero el número de afectados es mayor, precisamente por recaer en una infraestructura global como es Internet: afecta nuestras libertades como usuarios, no sólo porque a algunos les impide concretar la libertad de emprendimiento, sino, y fundamentalmente, porque a los más nos anuncia la pesquisa y bloqueo de la libertad de pensamiento y de expresión. El día de mañana, no sólo las páginas web de empresas que emprenden negocios con la isla corren la suerte de ser bloqueadas, sino que también la de quienes emprenden ayuda humanitaria, de intercambio cultural y otras actividades con ella. Si ya he bloqueado a unos, cuanto más importa bloquear a otros.
El bloqueo de nombres de dominio amenaza todo vestigio de soberanía estatal, pero peor aún, bajo el recuerdo de prácticas totalitarias, se ve menoscabada la dignidad y los derechos fundamentales de las personas. Con ello, se resquebrajan los cimientos mismos de un ideario democrático.
Artículo publicado en Terra Magazine bajo Licenciado Creative Commons Chile