Lanzada la versión 3.0 de las licencias Creative Commons

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Luego de más de cinco meses de discusión pública, el pasado viernes 23 de febrero se ha lanzado mundialmente la versión 3.0 de las licencias Creative Commons.

En términos simples, las reformas que se han hecho pueden ser explicadas de la siguiente forma:

1.- Nacimiento de una licencia genérica, distinta de la norteamericana. Esta licencia genérica responde a los estándares internacionales establecidos en el Convenio de Berna, Convención de Roma, Tratado OMPI sobre derechos de autor de 1996, Tratado OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas de 1996, y la Convención Universal de Derechos de autor de 1971.

2.- Armonización del tratamiento de los derechos morales y de las entidades de gestión. Dado que las licencias portadas a cada uno de los países -como Chile- fueron construidas a partir del modelo norteamericano, muchos sostuvieron la dificultad relativa a los derechos morales que pudieran verse afectados con el licenciamiento con Creative Commons. Si bien hemos sostenido que dada la naturaleza de los derechos morales como inalienables, intransferibles, imprescriptibles e inembargables, las licencias Creative Commons sólo afectan los derechos patrimoniales, se estimó necesario hacer esta aclaración en forma explícita para evitar este tipo de conflictos.
En el mismo sentido se estimó necesario explicitar en la licencia genérica la relación con entidades de gestión, de manera tal de que cada país armonice su licencia en términos de la regulación nacional de entidades de gestión, situación que principalmente en el caso español y francés era especialmente dramática.

3.- Explicitación de que la cláusula de reconocimiento de autoría no permite al licenciatario de una obra dar a entender que tiene una relación o asociación con el licenciante. Esto se pensó para explicitar que no existe relación alguna entre el creador original y el creador de una obra derivada más que la que deriva de la propia atribución en la licencia.

4.- Nueva estructura de compatibilidad con otras licencias libres, con la intención de permitir la interoperatibilidad entre distintos tipos de licencias que compartan determinadas cláusulas.

5.- Clarificación de lenguaje para compatibilizar con licencias MIT y Debian. En el mismo sentido que el anterior, permitir la interoperatibilidad. Lo que queda explícitamente fuera, es la discusión específica relativa a los DRM y Debian, en términos tales de que se eliminara la cláusula que prohibía la distribución de obras con DRM, o que al menos se permitiera la distribución paralela.

La versión chilena de las licencias Creative Commons es la 2.0, por lo que dentro de poco tiempo tendremos noticias respecto de la actualización a esta nueva versión. De más está decir que todos vuestros comentarios serán bienvenidos en la lista de correo de Creative Commons Chile, donde invitamos a todos a participar.