Claudio Ruiz, presidente de la ONG Derechos Digitales, ha publicado una columna de CIPER Chile denominada “El Desafío de Construir un Derecho de Autor Equilibrado”, en la que trata sobre la nueva Ley de Propiedad Intelectual en nuestro país, que definirá cómo se regula nuestra cultura en este nuevo escenario digital y a qué actores va a favorecer.
La próxima semana volverá a la agenda legislativa el proyecto que reforma la ley de propiedad intelectual que data del lejano 1970. Esta reforma se tramita desde marzo de 2007 y tiene la particularidad de ser la primera, de las más de 6 modificaciones que se le han hecho a esta ley desde su publicación, en plantear normativamente la necesidad de establecer un equilibrio entre los intereses de los autores, de las industrias culturales y del público.
Así como a través del aumento progresivo de los plazos de protección, la creación de nuevas figuras delictivas y el aumento de las penas frente a las infracciones se pretende proteger el interés de los titulares de derechos, con el establecimiento de excepciones y el fortalecimiento del dominio público se busca se resguardar el interés del público.
Del análisis de nuestra ley actual resulta dramático ver el estado de las excepciones al derecho de autor. A diferencia de lo que sucede en el resto del mundo, donde existen excepciones específicas para bibliotecas, otras que permiten la adaptación de obras a beneficio de discapacitados visuales, o excepciones que legalizan ciertos usos justos o legítimos por parte del público -como transformar un disco compacto en formato digital-, en Chile todas estas actividades son contrarias a la ley. Es por todo esto, que el mensaje presidencial que presentó este proyecto de ley al Congreso fue visto como una reforma necesaria por parte de buena parte de la comunidad de bibliotecarios, de editores y de organizaciones sociales en general, que desde hace muchos años vienen tratando de promover el tema de los derechos de autor desde el interés público en el debate político.
Hoy, nuestra ley considera delincuentes a los jóvenes artistas que utilizan las herramientas que les entregan las nuevas tecnologías. Hemos transformado el derecho de autor en un derecho contra el autor. Y esto tenemos que cambiarlo. Pero no todo el mundo estuvo de acuerdo. Algunos, como asociaciones del software, debatieron respecto del alcance de la excepción de ingeniería reversa, que permite obtener información de un programa computacional con el fin de saber cómo funciona. Otros, estaban preocupados de la eficacia de las herramientas procesales para la persecución de los delitos derivados de la piratería. Algunos vociferaron con la necesidad de protección de los autores nacionales mientras promovían intereses un poco más espurios. De entre todos, la más insólita parece ser la posición de la Cámara Chilena del Libro, que en una postura derechamente inquietante se ha opuesto tozudamente a cada una de las excepciones que se pretenden establecer en la ley.
En este partido donde no se vislumbra aún el resultado final, el Ministerio de Cultura ha tenido una posición ambivalente. Mientras en una primera etapa de la discusión defendió con vehemencia los objetivos establecidos en el mensaje presidencial de la presidenta Bachelet, con el tiempo han ido cediendo a posiciones más acomodadas con la industria. En un principio la ministra Paulina Urrutia defendió la importancia de las excepciones en nuestro precario sistema de derechos de autor, pero meses después lograba acuerdos políticos con la Sociedad Chilena de Derecho de Autor (SCD) eliminando ciertas normas de control sobre sus cobros a particulares y otras que permitían el establecimiento de una regla de usos justos en la legislación chilena.
El éxito de esta reforma legislativa pasa necesariamente, entonces, por equilibrar los intereses en juego y no utilizar la ley para la protección de modelos de negocio obsoletos. Chile tiene una gran oportunidad para actualizar una ley que estuvo pensada para regular un mundo analógico, el de los libros y los fonogramas y que se hace inaplicable en un mundo digital. En la medida en la que nuestras normas de propiedad intelectual sólo piensen en la propietarización de la cultura y sólo den cabida a los intereses privados involucrados, no habrá manera en la que podemos dar un salto cualitativo hacia el desarrollo de nuestra cultura y nuestro arte.
Desde el punto de vista del interés público, la verdad es que esta ley tiene mucho que decirnos. No sólo respecto de cómo nuestros representantes en el Congreso responderán a las presiones de los poderosos grupos de interés tras una tesis maximalista de los derechos de autor. La pregunta a responder será cuál es el tipo de ley que queremos, cómo queremos regular la creatividad y la generación de cultura sobre todo ante la emergencia de estas nuevas tecnologías que suponen un cambio radical en la forma en la que distribuimos el conocimiento. Porque la ley de propiedad intelectual no tiene por objeto sólo proteger los bolsillos de determinadas empresas o los de una asociación de privilegiados, una ley de propiedad intelectual finalmente define cómo regulamos y entendemos nuestra cultura.